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El dinero de tu Afore

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El dinero de tu Afore

En México operan 10 administradoras actualmente, ocho de ellas son empresas privadas, una es pública y una más es una sociedad entre gobierno y un particular.

Así, cada trabajador puede escoger la que mejor le convenga para invertir y manejar sus ahorros pensionarios y tomar el control sobre estos recursos, realizar aportaciones adicionales que le permitan alcanzar una mejor pensión, además de hacer uso de ellos en caso de emergencia por desempleo.

Y es que la pensión que obtendrá una persona al filo de los 60 años, dependerá de las semanas cotizadas, pero también de la aportación tripartita (patrón, gobierno y trabajador), así como de los desembolsos voluntarios, es decir, la cantidad extra que es recomendable realizar.

¿Qué es el retiro por desempleo del AFORE?

El retiro por desempleo del AFORE es un servicio del cual puedes disponer por cualquier razón que hayas perdido tu empleo. Puede ser desde despido, recorte de personal o renuncia voluntaria.

El retiro por desempleo te brindará un monto del total que tengas depositado en tu subcuenta de Aportaciones Voluntarias de tu AFORE.
La cantidad de dinero que te presta el AFORE cambia según lo que tengas guardado. En el siguiente artículo te describiremos a detalle cada aspecto que debes tomar en cuenta al solicitar tu retiro por desempleo del AFORE.

¿Cuánto se puede retirar del AFORE por desempleo?

Existen dos modalidades para efectuar el retiro. Te los explicamos a continuación:

Modalidad A: Esta modalidad aplica si tu AFORE tiene mínimo 3 años de haber sido creada y cuentas con al menos dos años de estar dado de alta en el IMSS y estar cotizando. Para la modalidad A se entregan 30 días de tu último salario base reportado ante el IMSS. Este monto no deberá exceder 10 veces lo que valga una UMA en el momento de la solicitud.

Modalidad B: Este caso aplica cuando tu cuenta de AFORE tiene más de 5 años de antigüedad. Te entregarán la cantidad menor ya sea el criterio de 90 días de tu salario base reportado ante el IMSS por última ocasión o bien, te darán el 11.5% de lo que tengas en tu subcuenta de Retiro del AFORE.

¿Qué necesito para hacer un retiro por desempleo?

Estos son los requisitos para pedir un retiro por desempleo de tu AFORE.

º Encontrarse al menos 46 días naturales en situación de desempleo antes de hacer la petición
º Debes tener una AFORE por al menos 3 años de antigüedad.
º No haber pedido antes un retiro o bien, tener más de 5 años desde la última vez que pediste un retiro.
º Debes presentar tu identificación oficial. Puedes presentar tu INE
º Lleva un comprobante de domicilio. Recuerda que debe ser reciente y coincidir con el que aparece en tu INE
º Presenta tu Número de Seguro Social.

Tu expediente de trabajador debe estar actualizado. En caso de que no lo tengas, puedes contactar a tu AFORE y solicitar que lo hagan o que lo actualicen.
Aprende cómo saber cuál es tu AFORE aquí.

º Presenta tu estado de cuenta bancario en original. Debe mostrarse claramente tu clave interbancaria
º Estando en la cita para pedir tu retiro, será necesario capturar tus huellas digitales
º Contar con al menos 2 años cotizando en el IMSS antes de perder el empleo más reciente

Sin embargo, hay quienes se adelantan en el camino, por eso es importante saber qué pasa con esos recursos.

Te diremos cuál es el destino de ese dinero que se ahorra en la Administradora de Ahorro para el Retiro (Afore) y cuáles son los requisitos al solicitarlos.
De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), los ahorros de los trabajadores son heredables.

• Pasan a manos de beneficiarios legales como: viuda o viudo (si dependían de ti); tus hijos menores de 16 años o mayores de esa edad, quienes se encuentran estudiando y
no pueden mantenerse por sí solos.

• Tu padre o madre, si vivían en tu hogar.

• La concubina o concubinario, si este último dependió de la trabajadora.

• En caso de que no haya beneficiario, los recursos pasan a manos de beneficiarios sustitutos, los cuales tu designas y pueden tratarse de cualquier persona, no solo
familiares.

¿Cómo solicitarlo en caso de defunción?

El interesado deberá acudir a la Subdelegación del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), con el fin de que emita la resolución de pensión.

En caso de ser Beneficiario Sustituto, deberá acudir a la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para obtener el laudo que le designa como beneficiario o bien, acuda a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría jurídica gratuita.

Posteriormente tendrá que asistir a la Afore en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido y llenar el formato de Disposición de Recursos que le proporcionará la Administradora.

Al procesar la solicitud, la Afore pondrá a disposición del beneficiario los recursos correspondientes al régimen pensionario, en una sola exhibición.
Para realizar el retiro, el beneficiario deberá contar con algunos requisitos y presentar algunos documentos como son:

*Tener derecho a una pensión por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). También podrá haber sido designado beneficiario por parte de la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

*Presentar algún documento que contenga el Número de Seguridad Social del titular de la Cuenta emitido por el IMSS, Infonavit o Afore.

*Contar con identificación oficial vigente, acta de nacimiento y la CURP del titular de la cuenta.

*Presentar el certificado de defunción.

*Comprobante de domicilio con antigüedad no mayor a tres meses.

*Estado de Cuenta bancario a nombre del beneficiario con número de Clabe Bancaria Estandarizada (CLABE)

*Estado de Cuenta, consulta, resumen o certificación de saldos de la Afore.

*Formato de designación de beneficiarios (solo aplica si el trabajador hizo Aportaciones Voluntarias a su cuenta Afore). En caso de que no cuente con alguno de estos dos últimos documentos, se podrán solicitar a la Afore correspondiente.

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