SAT ¿Cuándo cierran las oficinas y cuándo regresan? por periódo vacacional

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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) cerrará sus oficinas durante dos semanas en los próximos días, esto como parte del primer periodo vacional del año para la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, acordados desde el 2 de enero en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Esta medida no quiere decir que el SAT cierre sus oficinas en su totalidad; sin embargo, únicamente se atenderán casos de emergencia que sean de su competencia. Por ello, únicamente habrá personal de guardia encargado de atender casos con citas o de urgencia.

Además de las oficinas del SAT, los trabajos de la Unidad de Transparencia de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente también cerrarán.

Los días correspondientes al primer periodo vacacional del SAT serán del lunes 17 al viernes 28 de julio, es decir, un lapso de dos semanas de descanso, ya que las labores se reanudarán hasta el lunes 31 de julio, después del fin de semana.

El segundo periodo de vacaciones del SAT en el año será del lunes 18 de diciembre al martes 2 de enero de 2024, reanudando actividades el miércoles 3.

Otros días inhabiles para el SAT en lo que queda del año son:

Jueves 2 de noviembre, en conmemoración al Día de Muertos.Lunes 25 de noviembre, en conmemoración del Día de la Revolución.Lunes 25 de diciembre, debido a Navidad.

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Devolución de impuestos: ¿Cómo solicitarla y cuál es la fecha límite?

Si tras tu declaración de impuestos te quedó un saldo a favor y el SAT no lo ha depositado, es posible que exista alguna inconsistencia o falta de información, de acuerdo con Guillermo Medina, especialista fiscal, y socio de Mendieta y Asociados.

Expertos apuntan que si ya pasaron 40 días hábiles y aún no te llega tu devolución, debes seguir estos pasos:

Entra al Buzón tributario y da clic en la opción de aclaraciones.Se pondrá a tu disposición un formulario, donde explicarás que no te han dado tu devolución de impuestos.El SAT te explicará por qué aún no hizo la devolución, a lo que “deberás hacer una declaración complementaria y mandar una aclaración, en la que deberás hacer relación de facturas, pagos, saldos y lo que conlleva la declaración anual, se hace de manera manual. Ahí es cuando ya se contrata a un contador, quien deberá solicitar información y realizar la declaración”, de acuerdo con Axel Bazán Solís, contador egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

La fecha límite para obtener tu devolución de impuestos es el lunes 31 de julio.

Con información de Dulce Roxana Ordáz.

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