Aprueban prisión para quienes difundan imágenes de cadáveres humanos

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Los diputados del Estado de México modificaron el Código Penal local y aprobaron en el Pleno castigar de cuatro a ocho años de cárcel y multa de 500 a mil días de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quien filtre imágenes de cadáveres de personas, pues esto atenta contra su honor, dignidad y la intimidad del individuo fallecido, así como la paz y privacidad de sus familias.

La diputada del partido Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Luzma Hernández Bermúdez, citó que esta iniciativa aprobada “tiene como propósito fundamental salvaguardar la dignidad y honra póstuma de toda persona que pierde la vida, así como garantizar el acceso a la justicia a terceros, ante prácticas ilícitas cometidas, tanto por personas servidoras públicas como por cualquier otra persona”.

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Esta aprobación contempla además que, habrá castigo de prisión de ocho años para quienes realicen actos de difusión, entrega, publicación, transmisión, distribución, videograbación, reproducción, exposición, filmación y fotografía, por citar algunas acciones de personas que perdieron la vida.

Lo anterior parte de los casos como el de Ingrid Escamilla, suscitado en la capital del país, y Octavio Pérez Ocaña, en la entidad mexiquense.

En ambos casos fueron violadas sus garantías individuales al ser difundidas sus imágenes ya estando sin vida.

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