El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito dictaminó que es inconstitucional la creación de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), al considerar que su establecimiento a través de un reglamento contradice las facultades exclusivas que tiene el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en materia aduanera.
La ANAM fue establecida formalmente en 2022, luego de que en 2021 se publicaran reformas al Reglamento Interior de Hacienda y al del SAT, así como la emisión del Reglamento Interior de la nueva agencia aduanera.
Esta sentencia responde a un juicio de amparo presentado por un contribuyente afectado por actos emitidos por la ANAM. Si bien el fallo sólo protege a este quejoso en lo individual, sienta un precedente importante sobre la legalidad del nuevo órgano desconcentrado de Hacienda.
De acuerdo con el Tribunal, el problema radica en que la Ley del SAT, emitida por el Poder Legislativo, le confirió originalmente al SAT de forma exclusiva las atribuciones en materia aduanera. Por ello, el Poder Ejecutivo no tenía facultades para crear posteriormente a la ANAM vía reglamento y dotarla de facultades que ya estaban legalmente conferidas al SAT.
Entre las facultades conferidas se encuentran la administración, control y vigilancia de las actividades aduaneras, la regulación, control y vigilancia de la entrada y salida de mercancías, la aplicación de regulaciones y restricciones no arancelarias, así como los procedimientos administrativos en la materia.
Especialistas de Chapper Consulting indicaron que esto viola el principio de subordinación jerárquica, que exige que los reglamentos se fundamenten y encuentren medida en las leyes que regulan la materia.”Mientras lo dispuesto en la Ley del SAT no sea modificado, las atribuciones que le fueron otorgadas no pueden ser ejercidas por un órgano distinto, sino por el propio SAT a través de sus unidades administrativas”,
A través de dichos reglamentos, el gobierno federal dotó a la ANAM de diversas atribuciones en materia de comercio exterior y aduanas que anteriormente estaban en manos del SAT.
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