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Querétaro se suma al paro del Poder Judicial

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Con la votación de los integrantes de las Juzgadoras y Juzgadores Federales JUFED se emitió la resolución con los siguientes resultados, el 86 por ciento de los votos a favor y 14 por ciento en contra, con ello los jueces y magistrados se unirán al paro a partir de este miércoles.

Estos resultados y de acuerdo al comunicado emitido la noche de este lunes, el acuerdo alcanzaría al estado de Querétaro, mismo que estaría declarando su unión a dicho paro nacional.

Por acuerdo de los titulares del Vigésimo Segundo Circuito, se les comunica, con fundamento en los artículos 9, fracciones XIII y XIV, así como 10 del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece las disposiciones en Materia de Actividad Administrativa de los Órganos Jurisdiccionales, por causa de fuerza mayor, los Juzgados de Distrito, Tribunales Laborales Federales en Asuntos Individuales, Tribunales Colegiados de Circuito, del Tribunal Colegiado de Apelación y el Centro de Justicia Penal Federal por decisión unánime de los titulares de los referidos órganos jurisdiccionales, se declaran inhábiles el día veinte de agosto y subsiguientes, hasta que las condiciones lo permitan, por tanto se suspenden las labores y no transcurrirán los plazos procesales.

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Para cumplir con las obligaciones laborares y administrativas, el Lic. Germán Briseño Sáinz Secretario General Sección 10 Querétaro STPJF, emitió a través de un comunicado interno, una serie de recomendaciones.

PARA CUMPLIR CON LAS OBLIGACIONES LABORALES Y ADMINISTRATIVAS

  1. El único que puede justificar inasistencia es el titular.
  2. Se requiere el aviso oficial por escrito de suspensión de labores, precisando las condiciones, para contar con la justificación debida para faltar a las labores dentro del horario de trabajo. 2.1 Hasta en tanto no exista el aviso de suspensión, tienes la obligación en acudir a laborar en los horarios que establece el CJF. 2.2 Las disposiciones de ingreso a los inmuebles del PJF, las establece exclusivamente el CJF, por lo que el registro código Qr o enseñar la credencial institucional, es indispensable y necesario para cumplir con las normas administrativas de seguridad, cualquier indicación en contrario, deberá provenir de la Coordinación de Seguridad del CJF.
  3. Nadie puede sancionarte por no participar en la manifestación, aún cuando se afirme el pase de lista obligatorio, porque no está dentro de las funciones descritas por el CJF, realizar o llevar determinadas actividades que no sean las encomendandas para la actividad jurisdiccional o administrativa.
  4. Si es tu deseo sumarte a la defensa de la independencia judicial (elección de juzgadores por voto popular), privilegia tu integridad, se respetuoso, no te confrontes y pon en alto el nombre del PJF.
    1. Los horarios posteriores a la jornada laboral (9-3 y 4 a 6), deben de tomarse como horario extraordinario y deben de pagarse.
  5. Los días de trabajo corren del lunes a
    viernes(descanso sábado y domingo) salvo instrucción, debe de pagarse en su caso prima dominical.

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