SCJN tiró reforma en telecomunicaciones.
La Suprema Corte dejó sin efecto el decreto de la “Reforma en Telecomunicaciones” por las “violaciones graves al procedimiento legislativo” y al mismo tiempo, abrió la puerta a la oposición actual en el Congreso de la Unión (PRI, PAN, PRD y MC) con un instrumento con el cual se podrían tirar algunas iniciativas aprobadas por la mayoría de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) en lo que va de sexenio.
En contexto, la invalidez fue sustentada por violaciones al proceso legislativo; es decir, la mayoría del Senado de la República en 2017 no atendió adecuadamente los procesos legislativos.
“No se respetó el derecho a la participación de todas las fuerzas políticas con representación parlamentaria, en condiciones de libertad e igualdad, al haberse incumplido reglas mínimas, tanto en las comisiones como en el pleno del órgano legislativo”.
“El dictamen priista en aquel entonces, se avaló sin las lecturas previas que marca el reglamento del Congreso de la Unión”; además, el dictamen resultante no fue publicado 24 horas antes de la discusión legislativa en la gaceta de la Cámara de Senadores.
Por lo que la acción de inconstitucionalidad promovida por la entonces minoría del Senado tuvo lugar y fue ratificada por la máxima autoridad judicial de México.
De acuerdo con especialistas, “al menos un 40% de leyes aprobadas por Morena violaron el proceso legislativo”, por lo que si la oposición parlamentaria promueve una acción de inconstitucionalidad basada en la determinación de la SCJN, esta podría apelar al criterio que ahora se impuso y tirar algunas reformas como la de la Industria Eléctrica o la petrolera.
En que consistia la “Ley Mordaza”
La reforma de Enrique Peña Nieto quitaba la obligatoriedad a los concesionarios de radio y televisión de distinguir entre información y opinión en contenidos informativos, a la cual se le denominana ley mordaza del PRI en 2017.
Parte de la reforma que se derogó simplemente enmarca que se entenderá “que se transmite publicidad o propaganda como información periodística o noticiosa, cuando un concesionario inserta dentro de su programación informativa un análisis o comentario editorial cuyo tiempo de transmisión ha sido contratado por un anunciante”.
Con lo cual, los diferentes medios sujetos a dicha Ley, tendrían la obligatoriedad de precisar a sus audiencias qué clase de contenido se les está revelando, esto en virtud de inhibir un sesgo informativo a partir de la línea editorial del medio.
¿Quién dió fin a la Ley Mordaza?.
Alberto Gelacio Pérez Dayán fue el ministro proyectista de esta determinación, quien señaló que el dictamen priista se avaló sin las lecturas previas que marca el reglamento del Congreso de la Unión; además, el dictamen resultante no fue publicado 24 horas antes de la discusión legislativa en la gaceta de la Cámara de Senadores.
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