La Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) emitió una alerta contra una serie de productos ampliamente comercializados y que son promocionados como reductores de peso y de estrés.
De acuerdo con la información, en la etiqueta comercial de dichos productos se confirmó el uso de gingko biloba (gingko), eucalyptus globulus (eucalipto), cúrcuma longa (cúrcuma), que no pueden ser utilizados como suplementos alimenticios.
En el mismo sentido señalaron el empleo de zingiber officinale (extracto fluido de raíz de jengibre); aloe vera (sábila) y citrus aurantium (naranjo amargo), los cuales tiene propiedades toxicológicas.
Uno de los componentes sobre el que se realizó mayor énfasis es el bamitol.
Se trata de un medicamento de uso veterinario empleado para el tratamiento de afecciones inflamatorias en animales.
De acuerdo con el sitio web ganaderia.com una de sus presentaciones es en forma de ungüento y también es indicado para el reumatismo y afecciones en las articulaciones, aunque es para uso exclusivo del médico veterinario zootecnista.
“Quienes producen y comercializan los artículos denominados “Chupa panza” y “Me vale madre” en sus diferentes variaciones, no han presentado ante esta autoridad estudios científicos que demuestren seguridad, calidad y eficacia.
Los productos son ofertados en diversas presentaciones como malteadas, tés, gotas, cápsulas, tabletas, solución y gel.
Se ofrecen al público en centros comerciales, tiendas naturistas, aunque también a través de algunas páginas de internet y plataformas dedicadas a la compraventa aunque, de acuerdo con la Cofepris, en todos los lugares de manera ilegal al anunciarse como suplementos alimenticios.
La Cofepris señala que dichas marcas utilizan entre sus componentes incumplen la normatividad y legislación sanitaria establecidas “en diversos ordenamientos y en la más reciente edición de Farmacopea Herbolaria de los Estados Unidos Mexicanos (FHEUM)”.
La Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos (FEUM) y la Farmacopea Herbolaria (FHEUM) son un par de documentos en vigor desde el 25 de febrero de 2022.
En ellos se enuncian las bases técnicas, estándares, así como requisitos de calidad para materias primas farmacéuticas.
También especifican la identidad, pureza y calidad de medicamentos herbolarios y alopáticos con permiso de comercialización en el territorio nacional.
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