La Suprema Corte de Justicia de la Nación avaló que los militares puedan detener a civiles, al aprobar la Ley Nacional de Registro de Detenciones.
Hay que recordar que la Ley Nacional de Registro de Detenciones (LNRD), había sido impugnada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) cuando el titular era Luis Raúl González Pérez.
Se impugnó el artículo 5º transitorio de la ley, al considerar que esta planteaba que los militares no estaban obligados a reportar la detención de un presunto criminal, siendo que este deber recaía sobre la policía.
La organización México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) lamentó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no haya hecho público el proyecto sobre la Ley Nacional de Registro de Detenciones.
“esta omisión es preocupante, ya que consideró este como un tema de suma relevancia al estar relacionada a los derechos humanos de los mexicanos”.
Sin embargo, el ministro Javier Laynez expuso que la ley no debía de ser leída de esta manera, sino que por el contrario, se debía entender que las fuerzas armadas, cuando realicen labores de seguridad pública, estaban obligadas a registrar todas las detenciones.
“La interpretación correcta del quinto transitorio conlleva que la fuerza armada permanente que realice tareas de seguridad pública está sujeta a la ley y que no deberá dar aviso en términos del (artículo) 19, sino que debe realizar directamente el registro inmediato”, señaló Laynez.
La militarización de AMLO, ha causado más violencia, acusa HRW.
La organización internacional Human Rights Watch (HRW) señaló que el constante uso de las Fuerzas Armadas ha provocado mayor violencia en México.
Sostuvo que durante la administración del presidente Andrés Manuel López Obrador se han alcanzado nuevos récords en violencia.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el reparto debe realizarse dentro de los 60 días posteriores a la presentación de la declaración anual. #RepartoDeUtilidades #Trabajadores
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