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SAT: Miscelánea Fiscal 2022.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) descartó este lunes 3 de enero, sanciones para jóvenes mayores de 18 años que no se inscriban al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y recalcó que estos no estarán obligados a pagar impuestos si no cuentan con ninguna actividad económica.
Al respecto, el SAT reiteró que la propuesta de incorporar al RFC a los jóvenes de 18 años en adelante por que tiene la finalidad de introducirlos a la cultura contributiva pero sobre todo, protegerlos contra el robo de identidad, pues apuntó que las empresas fantasma utilizan sus identidades como prestanombres.
De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria uno de los objetivos por el que los jóvenes deben tener RFC es con el fin de que la dependencia pueda erradicar y detectar a las empresas que adjudican compras de bienes y servicios a través de facturas falsas utilizando a jóvenes menores de 19 años y personas de escasos recursos.
Sin embargo, la autoridad fiscal precisó que si los jóvenes ya estaban inscritos en el RFC y no trabajan, deberán verificar que estén registrados en la modalidad de “Inscripción de personas físicas sin actividad económica” en el portal del SAT, esto con el fin de que Hacienda no les genere obligaciones fiscales.
Este procedimiento podrán hacerlo mediante el sitio web
www.sat.gob.mx/aplicacion/login/43824/reimprime-tus-acuses-del-rfc
Tras darse a conocer los rubros de la nueva Miscelánea Fiscal 2022, surgieron especulaciones sobre los nuevos impuestos que cobraría el SAT a los contribuyentes, entre ellos el impuesto sobre los depósitos en efectivo y también la supuesta tributación para quienes participen en tandas o hagan labor de venta por catálogo.
Ante esto, el órgano fiscal aclaró que no cobrará impuestos a los contribuyentes por esos conceptos, aunque enfatizó que que si contempla llevar a cabo acciones con el objetivo de reducir la defraudación.
“Es importante aclarar que todos aquellos depósitos que se realizan para gastos de padres a hijos o viceversa, pagos por venta de catálogo (cosméticos, utensilios de cocina y del hogar, aceites esenciales, entre otros), tandas o préstamos personales no se les vigilará, ni cobrará algún tipo de impuesto”.
Las modificaciones que llaman la atencion de Miscelánea Fiscal,es la que se anunció del embargo de bienes a través del Buzón tributario.
La autoridad fiscal, podrá llevar a cabo el embargo de bienes, como depósitos bancarios, acciones, bonos, componentes de ahorro o inversión asociados a seguros de vida; cupones vencidos, valores mobiliarios, así como cualquier depósito que se realice en alguna cuenta a nombre del ciudadano, también entran los bienes inmuebles y bienes intangibles. Todo por medio del buzón tributario, estrados o edictos.
Otro tema es la digitalización de la Carta Porte.
Este documento fiscal sirve para legalizar el traslado de mercancías dentro del territorio mexicano.
Este documento pasará del papel a la versión digital, por lo que habrá un periodo de transición para emitir correctamente la factura electrónica, cabe recalcar que por ello no habrá multas.
El SAT busca disminuir el contrabando. La Carta Porte permite registrar información de transportistas, métodos de transporte y dueños de mercancías.
Es importante señalar que aquellas personas que transporten muebles o mercancías con su vehículo particular, dentro de su localidad o ciudad, no necesitan dicho documento.
El SAT ha hecho hincapié en este tema para evitar que la ciudadanía sea extorsionada.
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